Skip to content Skip to footer

Pensión de Jubilación a los 55 años

Docentes del decreto 1278, pueden reclamar pensión de jubilación a partir de los 55 años de edad, en compatibilidad con el salario hasta la edad de 70 años y con un reconocimiento del 75% del promedio recibido en el año anterior al status, SI ANTES DEL 26 DE JUNIO DE 2003:

  • Ejercieron como docentes del decreto 2277, en propiedad, fueron maestros provisionales, cumpliendo licencias o interinidades.
  • Trabajaron por contratos o por Ordenes de Prestación de Servicios, OPS, hora cátedra en colegios públicos en primaria o secundaria, importante que hayan trabajado como docente oficial.