Pensión de jubilación a los 57 años para docentes del decreto 1278

El Consejo de Estado ordenó el derecho a la compatibilidad entre salario y pensión cuando el docente cumpla 57 años de edad, y hasta los 70 años.

En este sentido se establece que los docentes podrán seguir trabajando en el magisterio sin necesidad de retirarse, y continuar percibiendo tanto su salario como su pensión, hasta llegar a la edad de retiro forzoso de 70 años.

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