SANCIÓN POR MORA EN LAS CESANTÍAS
Reciba un día de salario por cada día de retraso en el pago de sus cesantías. 70 días hábiles después de haber hecho la solicitud.
La demora en el pago de las cesantías parciales y definitivas que hayan sido solicitadas los últimos tres años ante el fondo prestacional del Magisterio, tienen el beneficio del cobro de la mora.
En López Quintero Abogados y Asociados recuperamos este derecho al Magisterio colombiano sentencia C-486 de 2016.